¿Por qué has cobrado menos cantidad de dinero en la prestación del Ingreso Mínimo Vital este mes o en los próximos meses?, ¿te han cancelado la prestación?
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación no contributiva que se entrega a las personas más vulnerables económicamente. Es por ello que, si tras las comprobaciones pertinentes, la Seguridad Social, que es la entidad encargada de gestionarlo, verifica que su patrimonio o sus ingresos han experimentado una variación a su favor, podrían reducir la cuantía a cobrar o incluso retirarla si se excede de los límites permitidos para recibir esta ayuda.
Uno de los momentos clave para que esto suceda es el cruce de datos con la Agencia Tributaria, como ocurre cada año. Este cruce de datos indica a la Seguridad Social los ingresos y patrimonio generados según su declaración de renta durante el año anterior, y es en ese momento cuando suelen ajustarse las cuantías o perder directamente la prestación del IMV.
En primer lugar, es importante saber que la declaración de la renta es obligatoria para todos los perceptores de esta prestación denominada “Ingreso Mínimo Vital (IMV)”, ya que gracias a esta declaración, la Seguridad Social puede determinar si se tiene derecho a la prestación o no. Además de la actualización del IMV, existen ciertos aspectos y normas que pueden hacer que deje de percibir la prestación. A continuación se exponen los motivos más relevantes.
Motivos de suspensión del IMV
- Pérdida temporal de alguno de los requisitos exigidos para su reconocimiento.
- Incumplimiento temporal por parte de la persona beneficiaria, del titular o de algún miembro de su unidad de convivencia de las obligaciones asumidas al acceder a la prestación.
- Los casos de que en el plazo previsto no se hubiera recibido comunicación sobre el mantenimiento o variación de los certificados expedidos por los servicios sociales o por entidades del tercer sector de acción social inscritas en el registro de mediadores sociales del IMV, en los casos expresamente previstos.
- Incumplimiento de las condiciones asociadas a la compatibilidad del ingreso mínimo vital con rentas de trabajo o actividad económica por cuenta propia.
- Motivos por los
Motivos de extinción de IMV
- Fallecimiento de la persona titular del IMV (solicitante).
- Pérdida definitiva de alguno de los requisitos exigidos para el mantenimiento de la prestación.
- Resolución recaída en un procedimiento sancionador que así lo determine.
- Salida del territorio nacional sin comunicación ni justificación a la entidad gestora (INSS) durante un periodo, continuado o no, superior a 90 días naturales al año.
- Suspensión de la prestación por tiempo superior a un año (sanciones impuestas por el INSS).
- Incumplimiento reiterado de las condiciones asociadas a la compatibilidad del ingreso mínimo vital con las rentas del trabajo o la actividad económica por cuenta propia.
Actualización del Ingreso Mínimo Vital a Julio 2023
Este año todo parece indicar que las actualizaciones derivadas del cruce de datos entre la Agencia Tributaria y la Seguridad Social han comenzado de manera prematura. Esto está ocasionando que en este mes de Julio en concreto, y a partir de ahora, se estén produciendo reducciones, incrementos e incluso la pérdida de la prestación del Ingreso Mínimo Vital.
Estas actualizaciones suelen realizarse normalmente en los meses de noviembre y diciembre de cada año. Sin embargo, este año parece que se han adelantado significativamente para gran parte de los perceptores del IMV. Como mencionamos anteriormente, si usted observa una variación en la cuantía, ya sea mayor o menor, es probable que su prestación haya sido actualizada.
Si nota que está recibiendo menos dinero en su cuantía, también puede deberse a una deuda con la Tesorería de la Seguridad Social. Esto podría ocurrir si ha percibido ingresos indebidamente percibidos, debido a una actualización de los datos que ajustaron su cuantía a una cantidad menor. En este caso, la Seguridad Social puede solicitar la devolución del dinero que recibió de más después de realizar los ajustes.
Esto se conoce como “devolución por cobros indebidamente percibidos,” y la administración suele descontar esas deudas del monto que sigue percibiendo, lo que puede dar lugar a una reducción en su cuantía actual.
Por tanto, ante cualquier duda o para conocer los motivos específicos de los cambios en su prestación, es aconsejable ponerse en contacto con la Seguridad Social. Por lo general, suelen enviar una carta en un plazo de aproximadamente un mes explicando las razones por las cuales su cuantía o prestación se han visto afectadas.