La cuantía y el tiempo de cobro de paro dependen de las cotizaciones a la Seguridad Social durante la vida laboral
Las prestaciones por desempleo o paro son aquellas ayudas económicas que reciben los ciudadanos que han perdido su trabajo, ya sea por un despido o porque se ha agotado su contrato laboral. En España, el encargado de gestionar estas prestaciones contributivas es el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) el cuál tiene algunos requisitos para que los ciudadanos puedan cobrar el paro. En este artículo vamos a explicar cómo se puede calcular, cuáles son los requisitos y cuantos meses de paro corresponden por año trabajado.
El desempleo conocido popularmente como «paro» es una de las ayudas más conocidas gestionadas por el SEPE y la que tiene una mayor cuantía para los desempleados. Para calcular lo que se cobrará en total del paro es necesario conocer una serie de factores como el tiempo cotizado a la Seguridad Social y la base reguladora. Cabe señalar que en el caso de abandonar voluntariamente el empleo, no se tendrá derecho a cobrar las prestaciones por desempleo.
Requisitos para cobrar el paro
Según la normativa actual de la Seguridad Social en España, para poder cobrar la prestación por desempleo es necesario haber cotizado, como mínimo, un total de 360 días (lo que equivale a un año trabajado) en un periodo de los 6 años anteriores a la solicitud de dicha prestación. Tienen derecho a cobrar el paro todos aquellos que han perdido su trabajo por motivos ajenos a su persona, es decir, por un despido o por el fin de su contrato temporal.
Por otra parte, también hay que tener en cuenta otros requisitos. Uno de ellos es encontrarse dado de alta como demandante de empleo en el Servicio de Empleo de tu Comunidad Autónomo y no tener rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que actualmente en España es de 1.080 euros al mes. Por norma general, las cuantías por desempleo se cobran entre el 10 y el 15 de cada mes, dependiendo de la entidad financiera.
Cabe señalar que el SEPE contempla otro tipo de ayuda para aquellas personas que no llegan al tiempo suficiente de cotización a la Seguridad Social. Se trata del subsidio por insuficiencia de cotización, conocido popularmente como «mini-paro», aunque también hay que cumplir una serie de requisitos. Para ello es necesario tener cotizados más de 180 días, lo que equivale a seis meses, o 90 días, lo que equivale a tres meses, en caso de tener cargas familiares. La cuantía que se cobra es el 80% del IPREM, que equivale a 480 euros mensuales.
Calcular meses de desempleo por año trabajado
Lo primero que hay que tener claro es el tiempo cotizado a la Seguridad Social. Para ello puedes acceder a la sede electrónica del Instituto Nacional de la Seguridad Social y solicitar el informe de vida laboral, dónde se especifica toda la información de los empleos de un trabajador en España. Según la normativa actual del SEPE, por cada año trabajado corresponden un total de cuatro meses de paro.
Cabe destacar que las prestaciones por desempleo tienen un periodo limitado para poder cobrarlas. El paro tiene un máximo de dos años, lo que equivale a seis años trabajados. Además, también hay que destacar que la Administración suma dos meses al cobro del paro por cada seis meses trabajados. Es decir, aquellos que hayan cotizado durante un año y medio tendrán derecho a seis meses de paro.
Desempleo máximo y mínimo
Para saber cuál es la cantidad total que se va a percibir por la prestación del desempleo es importante conocer tanto el tiempo que tenemos trabajado como la base reguladora, que también se puede comprobar en el informe de vida laboral. Desde los 180 primeros días se cobrará el 70% de la base reguladora y desde esta fecha hasta agotar el paro se cobrará el 60% de la misma base.
Por ejemplo, en el caso de que una persona haya trabajado dos años con una base reguladora de 1000 euros, cobrará de paro 700 euros durante los seis primeros meses y los otros dos meses se cobrarán 600 euros.
La cuantía máxima que puede cobrar una persona por desempleo en España es de 1.575 euros mensuales y los requisitos es haber cotizado por la base reguladora máxima y tener al menos dos o más hijos a su cargo. En cuanto a la cantidad mínima es de 560 euros, lo que equivale al 80% del IPREM más una sexta parte.
Normativas Legales
- Ley General de la Seguridad Social. Real Decreto Legislativo 8/2015 PDF | 1895Kb
- Real Decreto 625/1985, de 2 de abril, por el que se desarrolla la Ley 31/1984, de 2 de agosto, de Protección por Desempleo. PDF | 439Kb
- Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.
- Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.
- Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.
- Real Decreto 1483/2012 por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
- Real Decreto 1484/2012, de 29 de octubre, sobre las aportaciones económicas a realizar por las empresas con beneficios que realicen despidos colectivos que afecten a trabajadores de cincuenta o más años.
- Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de seguridad social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.
- Real Decreto-Ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.